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Micros de larga distancia: Los riesgos de muerte o incapacidad de los pasajeros dejarán de estar dentro del seguro obligatorio

En el marco de la desregulación que implementa el Gobierno, las empresas sólo deberán brindarle a los pasajeros los seguros básicos que tengan contratados. 

Jueves, 22 de agosto de 2024 a las 15 53,

Por Sofía Garcea

Jueves, 22 de agosto de 2024 a las 15 53,

A través de la Resolución 775/2024 firmada por el ministro de Economía argentino, Luis Caputo, y publicada en el Boletín Oficial, los riesgos de muerte o incapacidad de los pasajeros dejarán de estar dentro del seguro obligatorio de los micros de larga distancia. 

De esta manera,  las empresas sólo deberán brindarle a los pasajeros los seguros básicos que tengan contratados.

La medida derogó la Resolución 684 del 11 de octubre de 2022 del Ministerio de Transporte donde "se estableció la ampliación del seguro de responsabilidad civil de personas transportadas, el que deberá cubrir específicamente los riesgos de muerte e incapacidad de pasajeros por accidentes en los servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional".

Además, con esta nueva medida, las empresas empresas de transporte ya no están obligadas a informar el costo del seguro en los boletos. Esto  se había dispuesto con el objetivo de "dejar constancia del alcance de la cobertura otorgada a los pasajeros”

La norma sostiene que  "la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte, entendió que corresponde armonizar la reglamentación vigente al principio de desregulación previsto en el artículo 2° del decreto 70/2023, a fin de hacer primar los principios de apertura y competencia que ha implementado el Gobierno Nacional, por lo que, en tal contexto corresponde derogar el régimen de la ampliación del seguro de vida obligatorio del transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional".

Principio de desregulación

El texto se da se da en el marco del principio de desregulación fijado en el DNU 70, donde el Gobierno asegura que el Estado Nacional promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.

Y afirma que “para cumplir ese fin, se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.

Ya no habrá tope para el precio de las garrafas: el Gobierno desreguló el mercado

El Gobierno que preside Javier Milei continúa con su plan de desregulación económica. Esta vez, a través de la Secretaría de Energía que conduce Eduardo Chirillo, desreguló el precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP), lo que impactará sobre los valores de las garrafas.

Por medio de la Resolución 216/2024, publicada este lunes en el Boletín oficial, la administración libertaria eliminó los “Precios Máximos de Referencia” para las etapas de fraccionamiento, distribución y venta al público de garrafas, a fin de establecer únicamente “precios de referencia, sin un tope que obstaculice la cobertura real de la variación experimentada en los costos”.

El objetivo de la medida que impacta en alrededor del 43% de la población argentina que utiliza gas envasado en garrafas para cocinar o calefaccionarsees “dejar de obstruir el ejercicio de las libertades individuales en el ámbito contractual conforme los principios de libertad de mercado”, según argumentó la Secretaría de Energía.

Asimismo, la normativa sostiene que esta decisión “producirá una mayor eficiencia en lo económico y estimulará la inversión produciendo una mejora progresiva en cuanto a una amplia competencia logrando elevar al mercado de GLP local a estándares internacionales”.

La Resolución además establece que las normas que regulen el GLP deberán propender a "la competencia, la no discriminación, el libre acceso, la asignación eficiente de recursos, la seguridad pública y la preservación del medio ambiente".

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